Ya se ha presentado el nuevo plan de ayudas a la compra de vehículos electrificados, el Plan MOVES III de 2021, que estará vigente desde el día 10 de abril de 2021 hasta el 31 de diciembre 2023.  Te explicamos todo lo que necesitas saber para conseguir las ayudas del Plan Moves III

¡No esperes más! Si estabas pensando en cambiar de coche y comprar un vehículo eléctrico o híbrido enchufable, ahora es el mejor momento de dar el paso hacia la sostenibilidad y el ahorro.

VEHÍCULOS BENEFICIARIOS

Serán beneficiados con la ayuda nuestros coches 100% eléctricos, ya sean turismos como comerciales M1, N1 y L6e y así como los híbridos enchufables. Adquiridos tanto de forma directa como por medio de financiación por leasing financiero o arrendamiento por «renting» de vehículos nuevos.                Se admiten también la compra de vehículos con hasta nueve meses de antigüedad (vehículos de demostración) y cuya titularidad deberá ostentarla un concesionario o punto de venta.

QUIÉN PUEDE BENEFICIARSE

  •  Serán beneficiarios de la ayuda particulares, autónomos, comunidades de propietarios y administraciones públicas desde el 10 de abril, siempre que la factura de compraventa sea posterior al 9 de abril de 2021. Para el caso del renting, además de la factura de compraventa, el contrato de renting deberá ser posterior a dicha fecha. Esto se aplica también a la instalación de infraestructuras de recarga.
  • Los vehículos adquiridos por las empresas solo podrán ser beneficiarios si la fecha de factura, la fecha de matriculación y los justificantes de pago o los contratos suscritos, en el caso del renting o en el de instalación de infraestructuras de recarga, son posteriores a la fecha de registro de la solicitud de ayuda en la correspondiente convocatoria de la Comunidad Autónoma.

LÍMITE DE PRECIO

El límite de precio para vehículo M1 se mantiene en 45.000 € (con descuentos aplicados y sin impuestos) y un límite de 53.000 € antes de impuestos para vehículos eléctricos de 8 o 9 plazas.

NÚMERO MÁXIMO DE VEHÍCULOS

El número máximo de coches será de 1 vehículo para personas físicas y un máximo de 50 vehículos para la empresa(por solicitante y convocatoria)

TITULARIDAD

Es obligatorio mantener la titularidad y la matriculación en España del vehículo adquirido durante el cual el beneficiario deberá ostentar la titularidad del vehículo para el que se concedió la subvención, no podrá ser inferior a dos años.